La Justicia ORDENA al Colegio de Martilleros a reconocer la Mat. CPI, como ÚNICA VÁLIDA para ejercer como Inmobiliarios

En un NUEVO FALLO, del 18 de diciembre, el Tribunal ordenó al Colegio de Martilleros a informar y comunicar que para ejercer el Corretaje Inmobiliario se debe tener matricula profesional CPI, Ley 9445

La Justicia de Córdoba, como ya la ha hecho en reiteradas oportunidades, reconoce que la UNICA MATRICULA válida para ejercer el Corretaje Inmobiliario de la Provincia Córdoba, es la que otorga el Colegio Profesional de Corredores Públicos Inmobiliarios, creado por la Ley 9445, norma que regula la actividad, reconocida por por el Tribunal Superior de Justicia de Córdoba y la Corte Suprema de la Nación.

La RESOLUCIÓN del 18 de diciembre de 2017, dictada por por el Juez de 1era. Instancia Guillermo César Laferriere, ORDENA:

…“ ordénese al Colegio de Martilleros de la Provincia de Córdoba que en todas declaraciones, informaciones, publicaciones y demás formas de comunicación por el medio que fuere, sin perjuicio de lo que pudiere manifestar en ellas, deberá aclarar que en la Provincia de Córdoba el corretaje inmobiliario se encuentra regido por las disposiciones de la ley 9445, cuya constitucionalidad ha sido reconocida por el Tribunal Superior de Justicia, en función de las cuales todos aquellos que quieran ejercer la profesión de Corredor Público Inmobiliario en la Provincia de Córdoba deben inscribirse en la Matrícula del Colegio Profesional de Corredores Públicos Inmobiliarios que crea la ley mentada; a cuyo fin: líbrese oficio.”

El FUNDAMENTO de la misma se encuentra en el hecho que el Colegio de Martilleros, al informar indebidamente sobre la posibilidad de que sus matriculados ejerzan como Corredores Inmobiliarios, genera una inexacta información, contraria a los resuelto por el TSJ y los distintos fallos de la Justicia de Córdoba, que ratifican plenamente la ley 9445.

Una vez más la Justicia, con argumentos sólidos, claros y precisos afirma de manera inobjetable que en la Provincia de Córdoba, quien quiera ejercer la actividad de Corretaje Inmobiliario, debe adecuarse a la reglamentación de la Ley 9445, obteniendo su Matrícula Habilitante que le permite trabajar de manera legal, dejando claro que cualquier otra forma de ejercicio, es considerada ILEGAL.

ADMISION DE LA ACCION PREVENTINA – MEDIDA CAUTELAR

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